El aguinaldo es una prestación económica que los trabajadores reciben por haber prestado sus servicios a una organización. En nuestro país, surgió a partir de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917, específicamente en el artículo 87, que estableció la obligación de los patrones de pagar a sus trabajadores un aguinaldo anual equivalente a 15 días de salario, por lo menos. Posteriormente, en 1943, cuando se promulgó la Ley Federal de Trabajo (LFT), se estableció en su artículo 80 dicha obligación de los patrones.
Para el día de hoy, es en el artículo 87 de la LFT donde se plasma textualmente: “Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos. Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste.”
Los trabajadores, ya sean de base, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado, eventuales, entre otros, que hayan laborado durante al menos 15 días del año, tienen derecho a esta prestación.
Los casos en los que no se paga el aguinaldo, son:
1. Trabajadores que han sido despedidos por causa justificada.
2. Trabajadores que han renunciado a su empleo.
3. Trabajadores que han trabajado menos de 15 días en el año.
4. Trabajadores que son propietarios o socios de la empresa para la que trabajan.
En caso de contar con los requisitos para recibir el aguinaldo pero no recibirlo antes del 20 de diciembre como lo estipula la ley, la o el trabajador contará con un año para reclamar ante las instancias jurisdiccionales competentes el pago de este derecho. Para esto, se cuenta con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, en los teléfonos 800 911 78 77, 5998 20 00 o mediante correo electrónico a: [email protected]
En Durango, la PROFEDET cuenta con oficinas dentro del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral: Elorreaga, No. 262, Col. Centro, C.P. 34000, Durango, Durango.