La actual legislatura del Estado tiene en sus manos pasar a la historia si llega al pleno, reformar el código penal del Estado para despenalizar el aborto. Debemos recordar, que después de años de lucha en las instancias jurisdiccionales competentes, por un amparo promovido por diversos grupos, la pasada legislatura aprobó en nuestra entidad el matrimonio igualitario.
En este contexto, tampoco podemos pasar por alto, que las diputadas y diputados de aquel entonces, un mandato judicial los obligó votar a favor del matrimonio igualitario. Tomando en cuenta esa experiencia legislativa, las actuales diputadas y diputados de los diferentes partidos, creemos que el tema del aborto llegará a las comisiones respectivas y se pondrán de acuerdo en este controvertido tema. Si hay mujeres en Durango, grupo GIRE,REDefine Durango, promovieron un juicio de amparo donde se declaró inconstitucionales los artículos 148, 149 y 150 del código penal en algunos párrafos y fracciones.
Dicho juicio de amparo directo se resolvió a favor, en el segundo tribunal colegiado del Vigésimo Quinto Circuito donde por unanimidad de votos, el amparo arriba mencionado determinó, que dichos artículos que penalizan el aborto son inconstitucionales. Si las diputadas y diputados de la actual legislatura asumen su responsabilidad histórica, podrán demostrar sin duda, que serán respetuosos de la decisión tomada por el segundo Tribunal Colegiado. En cuestión de semanas, el Congreso del Estado será notificado de la sentencia del amparo, para en consecuencia, actuar según proceda.
Por ley, corresponde a la actual legislatura, tomar cartas en el asunto y llegado el momento, acate la sentencia para que así, se reformen los artículos del código penal considerados inconstitucionales. Dos puntos se deben tomar en cuenta, ya la SCJN declaró en 24 Estadosa sus códigos penales como inconstitucional el aborto. El segundo tema, debería ser analizado por la actual legislatura para no incurrir en desacato y correr el riesgo que la Suprema Corte, los obligue a reformar el Código Penal.
No es por demás, comentar lo que dicen los artículos 148, 49 y 150 del Código Penal del Estado, considerados inconstitucionales. El artículo 148 dice: cometen delito de aborto, quien provoca la muerte del producto de la concepción en cualquier momento del embarazo. Si lo hace, hay una pena de uno a cinco años de prisión y multa. El 149: si un médico, una enfermera, enfermero o partera, si practican el aborto, se les suspenderá de 3 a 5 años el ejercicio de su profesión. Y el 150, lo más importante se encuentra en la fracción tercera donde establece que será el ministerio público quien tome la decisión del aborto. Como dice la canción: por esas cosas y muchas más, dichos artículos resultan inconstitucionales.

Muy acertados siempre sus comentarios con bases de conocimiento que no se puede acallar