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No se puede combatir la corrupción cuando no hay interés ni conocimiento

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La corrupción es y ha sido siempre un fenómeno político y económico de captura de procesos, decisiones y recursos, mediante la apropiación abusiva del poder que traiciona y demerita el espacio público”: Informe país 2020, Sobre el Combate a la Corrupción en México.

Hace siete años, es decir en el 2017 se aprobó en Durango diversas reformas a la Constitución local que dieron origen a la legislación sobre el combate a la corrupción en la entidad.

El primer reto para la Legislatura en turno fue la elección de los integrantes del comité de selección, que es el órgano responsable de elegir a los integrantes del Comité de Participación Ciudadana.

Lo anterior significaba que ciudadanos elegirían a otros ciudadanos que tendrían bajo se responsabilidad, realizar acciones para combatir la corrupción en México y por consecuencia en Durango.

Recuerdo algunos de los argumentos de los mexicanos que participaron en las mesas de trabajo para la modificación de la Constitución Mexicana, que dieron origen a la lucha contra los actos de corrupción.

Esos argumentos estuvieron enfocados a la necesidad de que los ciudadanos despojados de cualquier interés político, social o económico fueran los responsables de dicha tarea, dado el nivel de desprestigio y descrédito que existía en los servidores públicos y representes populares.

Fue así como se concibió el modelo de que “ciudadanos eligieran a ciudadanos” para enfrentar la tarea del combate a la corrupción, sin embargo, ese modelo con el tiempo se ha observado que no ha sido el mejor, al observar los resultados que se tienen hasta este momento.

En el caso de Durango, no solo no hay resultados, sino que los ciudadanos responsables de dirigir el Consejo Coordinador del Sistema Local Anticorrupción, hasta este momento las cuentas que han rendido no reflejan el trabajo que la sociedad exige y demanda para por lo menos frenar la corrupción.

Durante el periodo del pasado gobierno estatal, no existen evidencias o acciones que demostraran el interés ni el conocimiento para afrontar el problema de las irregularidades que se señalaron sobre el manejo de los recursos públicos.

La ley del sistema Anticorrupción en el artículo 23 señala: “El Consejo de Participación Ciudadana podrá solicitar al Consejo Coordinador la emisión de exhortos públicos cuando algún hecho de corrupción requiera de aclaración pública. Los exhortos tendrán por objeto requerir a las autoridades competentes información sobre la atención al asunto de que se trate”.

Pero lo anterior nunca sucedió, y es que la versión que pesa sobre los nombramientos del comité de Participación Ciudadana es que los integrantes del comité de selección no pueden romper con la “captura” que existe y se viene arrastrando por parte de un reconocido constructor que da “línea” a la mayoría de los integrantes de dicha comisión de selección para emitir los nombramientos, donde incluso están involucrados personajes de una Universidad Privada.

Ojalá que los legisladores locales y el gobernador le pongan atención a lo que está por suceder ya que el comité de selección, este lunes 10 de abril va a dar a conocer la convocatoria para elegir a un integrante ya que la actual presidenta termina el encargo en breve.

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