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Aprueban reforma judicial

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No hay plazo que no se cumpla y tras más de 11 horas de debate, fue aprobada en lo general por la Cámara de Diputados, con 359 votos a favor, 135 en contra y 0 abstenciones, el dictamen por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política, en materia de reforma del Poder Judicial.

La sesión en que los diputados aprobaron lo que se considera la principal reforma del Plan “C”, se llevó a cabo en una sede alterna, debido a que el edificio legislativo fue bloqueado por trabajadores del Poder Judicial, en huelga desde hace dos semanas.

A pesar de que la propuesta ha sido rechazada por la oposición y ha generado tensiones con Estados Unidos y Canadá, que advierten que la reforma judicial “amenaza” la relación comercial en el marco del T-MEC y sería un “riesgo” para la democracia mexicana, conto con la mayoría calificada por los diputados, por lo que se envió al Senado, donde de manera previa se aprobó un acuerdo para procesar la reforma judicial por la vía del fast track, dictamen que se analizará en la Comisión de Puntos Constitucionales el próximo domingo 8 de septiembre y en caso de aprobación, será turnado al pleno para ser discutido y en su caso, aprobado.

La principal premisa de la reforma al Poder Judicial, la cual fue impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador, propone la elección por voto popular de jueces, magistrados y ministros de la Suprema Corte en comicios que se realizarán en 2025 y 2027.

Así, será elección popular de más de mil 600 cargos judiciales, entre ministros de la Suprema Corte, consejeros del Consejo de la Judicatura Federal, magistrados del Tribunal Electoral Federal, magistrados de circuito y jueces de distrito. Las elecciones se llevarían a cabo de forma escalonada en dos fases: mientras en 2025 se elegirían tanto a los ministros de la Suprema Corte, como los magistrados del nuevo Tribunal de Disciplina Judicial, del nuevo Órgano de Administración y a la mitad de los jueces de distrito y magistrados de circuito; en 2027 se culminaría con la mitad restante. Las elecciones serían organizadas por el Instituto Nacional Electoral.

La reforma reduce a nueve los ministros que integran la Suprema Corte, hoy compuesta por 11 integrantes. La presidencia será renovada cada dos años de forma rotatoria, determinada por el número de votos obtenidos por cada candidatura. Además, los ministros electos permanecerán en su cargo ocho, 11 y 14 años, en función del número de votos obtenidos por cada uno: los más votados se mantendrán en el cargo durante un periodo mayor. Los ministros en funciones que no resulten electos en 2025 no serán beneficiarios del haber por retiro, una pensión vitalicia que incluye aguinaldo, seguro de vida, prima vacacional y bono por riesgo, así como también la reforma plantea que ningún ministro, magistrado o juez podrá ganar un salario mayor al del presidente.

En lo que respecta a los jueces y magistrados, la reforma plantea un periodo de nueve años en el cargo, con la opción de presentarse a una reelección consecutiva. Los requisitos para aspirar a estos cargos judiciales incluyen tener un título profesional en Derecho y un promedio de ocho a nueve en las materias afines, tener experiencia de al menos cinco años en la actividad jurídica, además de entregar ensayos y cinco cartas de referencia entre vecinos y colegas, que respalden su idoneidad para el cargo.

Faculta a un Tribunal de Disciplina Judicial para conocer, investigar, substanciar y, en su caso, sancionar a las personas servidoras públicas del Poder Judicial de la Federación que incurran en actos u omisiones contrarias a la ley, al interés público o a la adecuada administración de justicia.

Se señala un plazo máximo de seis meses para que las autoridades competentes dicten sentencias. En caso de no cumplir con ese plazo, debe dar aviso al Tribunal de Disciplina Judicial y justificar las razones cuando no se dicte sentencia en los plazos establecidos o, en su caso, dar vista al Órgano Interno de Control tratándose de tribunales administrativos.

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