
Como se mencionó en la entrega anterior, los datos personales constituyen información sumamente importante que necesita protegerse porque, de lo contrario, las personas pueden ser vulnerables a fraudes, suplantación de identidad o discriminación. De ello se desprende que la regulación del uso de datos personales es esencial para garantizar la privacidad. Tanto las instituciones públicas como las empresas privadas que recopilan información de ciudadanos o usuarios, están obligadas a protegerla y utilizarla exclusivamente para los fines autorizados por el titular.
En México, la protección de los datos personales está respaldada por diversas instituciones, una de ellas, ya eliminada por decreto constitucional: el INAI (Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales). Fue la autoridad central encargada de proteger los datos personales en ámbitos públicos y privados: investigaba, sancionaba, orientaba el cumplimiento. También facilitó talleres y publicaciones para fortalecer la cultura de protección de datos.
Con la desaparición del INAI, se creó Transparencia para el Pueblo, como un órgano administrativo desconcentrado sectorizado a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno de México dotado de autonomía técnica y operativa y asume en gran parte las funciones de acceso a la información y protección de datos.
Cada entidad federativa tendrá que instalar su propia autoridad estatal similar a Transparencia para el Pueblo, para el Poder Ejecutivo local; mientras que, en los poderes legislativo y judicial, así como en los órganos autónomos estatales, los órganos de contraloría interna vigilarán el cumplimiento de las obligaciones de la transparencia.
Para los órganos constitucionales autónomos, como el INEGI, el Banco de México o la Comisión Nacional de Derechos Humanos, la labor de transparencia la tendrán que cumplir los órganos internos de control de cada institución; mientras que el Instituto Nacional Electoral (INE) lo hará con los partidos políticos nacionales; y el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral y el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje cumplirán esta función para el caso de los sindicatos.
Las atribuciones principales de Transparencia para el Pueblo, están basadas en lo establecido en el artículo 35 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, algunas de ellas son:
En relación con los Recursos de revisión, su función es conocer y resolver los recursos de revisión interpuestos por particulares cuando estiman que una dependencia federal ha negado, entregado información incompleta o respondido de forma inadecuada a una solicitud de información. Puede revocar, modificar o confirmar esas respuestas. Lo cual considero relevante, pues es un derecho de la ciudadanía conocer cómo funcionan las organizaciones públicas, cómo ejercen los recursos públicos y cómo están remunerados sus funcionarios. Asimismo, es relevante que cuenta con la facultad de imponer medidas de apremio y sanciones a las instituciones que incumplan con sus obligaciones de transparencia.
Hay una función que considero propositiva y coadyuvante con el acercamiento a la ciudadanía que es el diseño de políticas públicas sociales, ya que desarrolla y aplica políticas públicas con enfoque social, que consideran las condiciones económicas, sociales y culturales para facilitar el acceso a la información.
Columna: Viento Favorable
Jacquelinne Varona es Licenciada en Sociología por la UNAM y Maestra en Gestión Pública por la UJED, contacto en X @JackyVarona